La aseguradora pagará el 70% del valor asegurado como anticipo al amparo básico de vida cuando al asegurado le sea diagnosticada por primera vez durante la vigencia de este seguro cualquiera de las siguientes enfermedades:
- Infarto de miocardio
- Cáncer
- Accidente o enfermedad cerebrovascular (ACV ECV).
- Insuficiencia renal
- Esclerosis múltiple
- Quemaduras graves
- Trasplante de órganos
- Hemiplejia o paraplejia
- Operación de válvula cardiaca
- Cirugía de la aorta
- Intervención quirúrgica por enfermedad de las arterias coronarias
Periodo de carencia: El amparo de enfermedad grave inicia a partir del día sesenta y uno (61) contado desde el inicio de vigencia del seguro,
para cada uno de los nuevos asegurados Esta condición no aplicaría para clientes que iniciaron la vigencia del seguro antes del 01 de noviembre de 2021.
INFARTO DEL MIOCARDIO
Muerte del tejido miocárdico que resulta de la insuficiencia absoluta o relativa de irrigación sanguínea. El infarto implica un síndrome clínico de inicio agudo, con síntomas característicos y diagnóstico basado en dolor en precordio irradiado a epigastrio, cuello y brazo izquierdo, con cambios electrocardiográficos secuenciales y elevación pasajera en los niveles de enzimas séricas.
CANCER
Es el aumento en el número de células anormales que derivan de determinado tejido normal, invasión de tejidos adyacentes por estas células anormales y diseminación linfática o hematógena de células malignas a ganglios linfáticos regionales y/o a sitios distantes El término cáncer incluye también tumores óseos malignos, leucemias y linfomas malignos.
ACCIDENTE CEREBROVASCULAR
Es la pérdida súbita de la función cerebral ocasionada por una insuficiencia absoluta de irrigación sanguínea sobre una parte del tejido nervioso central, que cause síntomas como una pérdida permanente de movimiento, pensamiento, memoria, lengua o sensibilidad por más de 24 horas puede ser causada por trombosis, embolia, estenosis o hemorragia arterial cerebral.
INSUFICIENCIA RENAL
Es un estado de deterioro progresivo e irreversible de la función renal, con incapacidad general de los dos riñones para excretar los desechos nitrogenados, regular el equilibrio hidroeléctrico y secretar hormonas siempre que requiera trasplante de riñón y/o tratamiento con diálisis renal extracorpórea al menos una vez a la semana.
ESCLEROSIS MULTIPLE
Es un padecimiento que afecta solo el sistema nervioso central, caracterizado por anomalías neurológicas progresivas e irreversibles, que llevan a un estado relativo de incapacidad severa, con disminución de la visión, incoordinación, debilidad e incontinencia urinaria.
QUEMADURAS GRAVES
Lesiones de los tejidos producidos por energía térmica transmitida por radiación, productos químicos o contacto eléctrico, clasificadas como de tercer (III) grado de profundidad y que comprometen más del 30 del área de superficie corporal.
TRANSPLANTE DE ORGANOS
Es el reemplazo mediante intervención quirúrgica de uno o más de los siguientes órganos corazón, pulmones, hígado, páncreas, médula espinal o riñones.
HEMIPLEJIA O PARAPLEJIA
Pérdida funcional total e irreversible por parálisis, es decir de la fuerza y la sensibilidad de al menos dos brazos o dos piernas o un brazo y una pierna, debida a una enfermedad diagnosticada o a un accidente ocurrido dentro de la vigencia de la póliza.
OPERACIÓN DE VÁLVULA CARDIACA
Procedimiento quirúrgico para reemplazar una o más válvulas del corazón, ya sea como consecuencia de una estenosis o por una insuficiencia valvular diagnosticada dentro de la vigencia de la póliza.
CIRUGIA DE LA AORTA
Procedimiento quirúrgico para reemplazar una o más válvulas del corazón, ya sea como consecuencia de una estenosis o por una insuficiencia valvular diagnosticada dentro de la vigencia de la póliza.
INTERVENCIÓN QUIRURGICA POR ENFERMEDAD DE LAS ARTERIAS CORONARIAS
Procedimiento quirúrgico por causa de una enfermedad de la aorta torácica y la abdominal, mas no de sus ramas, que requiere extirpación y reemplazo de la aorta enferma por una prótesis.