Más vale prevenir que lamentar, a la larga es más barato pagar un seguro y no usarlo que necesitarlo y no tenerlo.
Disfruta en todo momento, nosotros nos ocupamos por ti
En liberty Seguros hemos diseñado una solución para cubrir los riesgos a los que están expuestos tu patrimonio y los bienes de tu hogar, esto, sin importar que sea una casa individual, un conjunto cerrado o un apartamento. Además, si cuentas con bienes especiales que son importantes para ti como obras de arte, computadores portátiles, joyas, ropa, electrodomésticos, muebles entre otros; este seguro estará listo para protegerlos por su valor correspondiente.
Pensando en ti, con esta solución vas a poder asegurar sólo el inmueble, sólo los contenidos o ambos, ¡tú decides!, sólo nos deberás informar el valor que consideras adecuado para asegurar el inmueble y los bienes que en él conservas para que automáticamente queden amparados.
Riesgos asegurables
Se asegura tanto inmueble o contenidos, bien sea para propietarios o arrendatarios para los siguientes tipos de vivienda.
- Casas individuales
- Casas en conjunto cerrado
- Apartamentos
Con Liberty Hogar tienes unas coberturas integrales y opciones flexibles que se adaptan a tus necesidades, además de que cuentas con una respuesta ágil y más oportunidades en caso de siniestro.
Cuentas con los siguientes amparos obligatorios
El amparo básico incluye cubrimiento en caso de:
- Incendio y/o impacto directo de rayo
- Explosión
- Huracán, tifón, tornado, ciclón, granizo, vientos fuertes, aeronaves, impacto y humo
- Anegación, daños por agua
- Actos de autoridad
- Huelga, motín, asonada, conmoción civil o popular y actos malintencionados de terceros
- Terremoto, temblor, maremoto o erupción volcánica
Cobertura ante los siguientes eventos
Amparo | Límite |
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Avería de calentadores. |
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Alimentos refrigerados. |
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Arrendamiento en que se incurra temporalmente cuando sea imposible habitar el inmueble durante su reparación o reconstrucción. |
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Arrendamiento dejado de percibir. |
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Rotura de vidrios, porcelana sanitaria y tuberias. |
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Gastos de extinción del siniestro. |
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Remoción de escombros. |
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Amparo de propiedades de invitados. |
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Honorarios profesionales de arquitectos, interventores, ingenieros y consultores. |
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Gastos para la preservación de bienes. |
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Gastos de reposición de documentos. |
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Amparos adicionales
- Sustracción con y sin violencia
- Todo Riesgo para aquellos riesgos que por su naturaleza están sujetos a entrar y salir de la vivienda del asegurado
- Daños en equipos eléctricos y electrónicos
- Responsabilidad Civil Extracontractual Familiar
Asistencia al hogar
Cobertura | Sublímite |
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Plomería, secado de alfombras, electricidad y cerrajería. | 30 SMDLV por evento. |
Reemplazo de vidrios. | 30 SMDLV por evento. |
Jardinería. | 40 SMDLV por evento. |
Instalaciones de gas. | 30 SMDLV por evento. |
Interrupción de viaje. | 600 SMDLV por evento. |
Gastos por mudanza. | Traslado – 30 SMDLV por evento Depósito y Custodia – 30 SMDLV límite. |
Gastos alquiler de TV o video reproductor. | Máximo 5 días. |
Celaduría. | 40 SMDLV por vigencia anual. |
Reposición de cesta básica. | 30 SMDLV por vigencia anual. |
Gastos de hotel. | 4 habitaciones, máx. 5 días, límite de 260 SMDLV/ vigencia. |
Asistencia jurídica por Responsabilidad Civil Extracontractual. | 30 SMDLV por vigencia anual. |
Gastos de reparación de propiedad vecinas por RC. | 30 SMDLV por vigencia. |
Traslado médico de urgencias. | 1 evento por vigencia anual. |
Consulta médica domiciliaria. | 1 evento por vigencia anual. |
Otros Servicios de la Asistencia |
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Servicio Informativo de animales. |
Orientación jurídica telefónica. |
Conexión con profesionales. |
Transmisión mensajes urgentes. |
Deducibles
Amparo | Deducible |
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Incendio y peligros aliados. | Sin deducible. |
Actos malintencionados de terceros. | 5% de la pérdida, mínimo 1 SMMLV. |
Terremoto. | 2% del valor asegurable, mínimo 1 SMMLV. |
Sustracción con y sin violencia. | 10% del valor de la pérdida, mínimo 1 SMMLV. |
Equipos electrónicos. | 10% del valor de la pérdida, mínimo 1 SMMLV. |
Todo riesgo. | 15% del valor de la pérdida, mínimo 1 SMMLV. |
RCE Familiar. | Sin deducible. |
Asistencia domiciliaria. | Sin deducible. |
Riesgos no asegurables
Los ubicados en despoblado, áreas rurales fuera de condominios y zonas marginales, salvo que sean expresamente autorizados.
- Cuando colinden con terrenos baldíos o el inmueble a asegurar se encuentre en construcción.
- Construcciones con madera, paja, adobe, bahareque o tapia, ni los artículos contenidos en ellas.
- Riesgos construidos antes de 1985, salvo que sea expresamente autorizado, vivienda utilizada para actividades comerciales, empresariales o industriales y mercancías, materias primas, productos en proceso o terminados que hagan parte de una actividad comercial y/o industrial.
- Embajadas, residencias de embajadores o cuerpos diplomáticos.
- Casas fiscales ubicadas en bases militares.
- Riesgos ubicados en El Cono Cañaveralejo, Ciudad de Cali, salvo que sea expresamente autorizado.
- Explosivos, armas de fuego.
- Bienes que el asegurado conserve o tenga bajo cuidado, tenencia o control y en general cualquier bien que no sea de su propiedad.
- Manuscritos, planos, croquis, dibujos, patrones, moldes o modelos.
- Títulos valores, documentos de cualquier clase, monedas, billetes, estampillas, dinero en efectivo, recibos y libros de comercio.
- Automotores, motocicletas, naves acuáticas y aeronaves, así como sus partes y accesorios.
- Estructuras flotantes.
- Cualquier clase de frescos o murales.
- Cultivos, siembras, bosques, árboles, jardines, pastos, plantas ornamentales y madera almacenada.
- Programas de software e información almacenada en medios magnéticos.
Principales exclusiones
El listado detallado se encuentra en las condiciones generales de la póliza.
- Vibraciones o movimientos naturales del subsuelo, como hundimientos, desplazamientos, asentamientos, salvo que cualquiera de estos eventos se produzca como consecuencia o sea el resultado de un riesgo expresamente cubierto por este seguro.
- Deterioro por el uso, desgaste, falta de mantenimiento y otros eventos que no se consideren accidentales, súbitos e imprevistos.
- Pérdidas o daños en los cuales el fabricante sea responsable legal o contractualmente.
- Daños estéticos.
- Trabajos de reparación, reconstrucción, remodelación, decoración u otros similares que se hagan a los bienes asegurados.
- Dolo o culpa grave en los actos cometidos por el Asegurado.